VACACIONES IMSERSO

TEMPORADA 2024/2025
Pazo de presentación para nuevas solicitudes: Del 1 hasta el 22 de julio 2024.

a. Las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
1. Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
2. Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
3. Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
4. Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.

b. Españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos incluidos en el apartado 1.a). Así, los españoles residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

c. Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.

Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.

LAS SOLICITUDES SE TRAMITAN A TRAVES DE :
- SEDE ELECTRONICA DEL IMSERSO
- SERVICIO SOCIAL DE BASE, en horario de lunes a viernes, de 9:30 a 13:30 horas.